Según el testimonio que numerosos abogados han dado a esta Plataforma hemos comprobado una práctica un tanto peculiar, por no decir otra cosa, que realiza el Colegio de Abogados de Madrid.
Pongámonos en situación: el Colegio tiene el deber facilitar información sobre diversos asuntos a los colegiados; hasta ahí, ningún problema. Normalmente un abogado realiza estas consultas mediante el correo electrónico. Pues bien, en primer lugar, muy habitualmente no recibe contestación. Y, en caso de haberla, la respuesta siempre es telefónica.
Así le pasó a Ramón que de varias consultas, solo recibió contestación de una. Nos contó que ante un caso algo enrevesado le surgió una duda que consultó al Colegio escribiendo un correo electrónico al grupo de trabajo de procesal-civil. Él esperaba que, de llegar, la respuesta entraría en su bandeja de correo electrónico. Pero cuál fue su sorpresa cuando un amable compañero, trabajador del Colegio, le llamó personalmente para resolver la citada cuestión.
Lo lógico sería responder usando el mismo medio que ha preferido usar el abogado; que en su mayoría es mediante el correo electrónico porque así puede leer la respuesta y disponer de ella cuando la necesite. Sin embargo, como se ha dicho, cuando recibe contestación, es a través de una llamada de teléfono. Esto es, nada queda escrito que pueda comprometer al Colegio. Además de no cumplir con la función debida, el Colegio parece estar primando por sus propios intereses frente a los de todos los abogados, que es su verdadero deber.


